Page 2 - Septiembre 2023 F
P. 2
de la transparencia y articulación con el todas sus obligaciones académicas y transformación y esa discusión no se está
aseguramiento de la calidad. administrativas. Allí, se incluye todo lo dando con un plan de acción, que permita
relacionado con el bienestar universitario su materialización.
En octavo lugar, se trae a colación que, de manera progresiva, le permite
el bienestar y la permanencia de los implementar políticas, que conducen a La digitalización permeó la vida cotidiana
2 Periódico Institucional estudiantes en las Instituciones de la permanencia de los estudiantes, la y los jóvenes que acceden a la educación
superior lo tienen en su ADN; es así,
Educación Superior, implementando
atención a la salud física y mental, los
programas y políticas de integración, programas de promoción y prevención, que la forma de aprender y de enseñar
que integre a todo el territorio nacional, tanto académica como social y cultural del beneficio y la equidad; en últimas, se deben modernizar y el cambio debe
en especial, aquellos territorios aislados y brindando espacios que garanticen las IES propician las condiciones para ser acelerado. La educación debe ser
“regiones, culturas, etnias, municipios “el buen vivir en el marco del respecto garantizar el crecimiento y el desarrollo rápida, flexible y ágil. La relevancia de los
PDT y ruralidad dispersa” (MinEducación, por la diferencia, el compromiso con individual y colectivo. Asimismo, el estudiantes es determinante en otra IES.
s/f). Será una educación que se inscriba lo público con consideraciones éticas, bienestar corresponde a una tarea
en una concepción y práctica democrática. que proponga e implemente protocolos de todos y no exclusivamente de las Los tiempos de respuesta de cualquier
de prevención y atención de violencias Universidades; el bienestar inicia en casa trámite ante el Ministerio deben ser
La institucionalidad de la educación basadas en género, contra las formas de y permite que el estudiante interactúe acordes al cambio vertiginoso que vive
superior como derecho fundamental segregación, y que promueva la justicia en la sociedad conforme sus realidades, el mundo; por eso, se deben promover
es el segundo eje planteado, es decir, social” (MinEducación, s/f). por tal razón, se debe mirar, en conjunto, estrategias que permitan que las
conceder el acceso a jóvenes afectados como una oportunidad para todos. Universidades gocen de su autonomía
por sus circunstancias de vulnerabilidad Es de considerar que los cambios son y respondan a los desafíos que reclaman
económica y social, por territorios y numerosos y sustanciales; sin embargo, Es igualmente inquietante y con gran los jóvenes de hoy.
poblaciones apartados y donde los la propuesta ha generado inquietudes temor, el tema de Inspección y Vigilancia,
prestadores de este servicio deben y cierto malestar, en especial, entre las que poco claro está en la propuesta, pero La relación con los sectores económicos es
garantizar la permanencia, en todo su Universidades privadas. Estas últimas, lo que sí se detalló claramente fue en lo determinante, no solo para la relevancia
proceso formativo. han sido excluidas de la discusión y pese sancionatorio, puesto que si una IES es de los programas, sino para redefinir las
a que en varios escenarios se ha dicho sancionada, su representante legal no competencias que se deben promover
El tercer aporte a esta reforma a la Ley que la disponibilidad es total, en la meta tendrá derecho a acceder a las pruebas en todos los estudiantes universitarios.
30 de 1992 hace referencia a construir nacional de ampliar la cobertura con la y al expediente y, mucho menos, ser La reforma a la Ley 30 de 1992 debe ser
el sistema de educación superior: infraestructura ya existente, así como en representado por su apoderado. Ni qué VISIONARIA. Las trayectorias de vida
técnica, tecnológica, indígena, formación las mejores condiciones de calidad, que decir con la derogación del Artículo diversas deben garantizar la articulación
pedagógica de las escuelas Normales permitan una oferta pertinente para la 55, donde se eliminan los procesos de entre los diferentes niveles de formación,
y Militares, de manera articulada y con apuesta nacional de brindar más acceso autoevaluación institucional, acaso ¿no esto se traducirá en EMPLEABILIDAD.
equidad y, con ello, fortalecer la educación a los jóvenes del país, esta consideración, afectaría la calidad en la educación,
en el país, acorde con el contexto regional solo pone de manifiesto que siempre que tanto promueve el proyecto de ley? El aumento de los 500.000 cupos no
y cultural. La cuarta consideración reza hemos funcionado como un sistema Para el caso del Icetex; una medida que se debe pensar solo en términos de
que “se propone que las Instituciones mixto, público y privado que, hasta hoy, ha pretende fortalecer la financiación de las IES públicas y en el aumento de la
de Educación Superior consideren sus formado generaciones de profesionales estudios en el exterior es reducir los infraestructura disponible, debe ser
funciones misionales con criterios de que sirven óptimamente al país. créditos reembolsables a los programas conforme con las dinámicas actuales
pertinencia y de calidad al servicio de de pregrado y esto, es un verdadero revés de la educación superior en Colombia,
la Nación y de los territorios”, donde Pero ¿qué nos preocupa? Temas, como para las Universidades privadas, ya que es decir, en un diálogo estrecho entre
el desarrollo tecnológico, el fomento la gratuidad de la educación superior, no se va a permitir la financiación de los las IES privadas y públicas. La formación
científico, la pedagogía, la cultura, lo es uno de ellos, ya que no se tiene estudios universitarios. del ciudadano del futuro, demanda
humanístico y la infraestructura, sean el certeza de hasta dónde los recursos de contenidos y de formas menos
pilar de la calidad. del Estado puedan responder a esta Por otro lado, en las consideraciones de acartonadas, por tal razón, el llamado es
demanda y las Universidades privadas orden fiscal, el proyecto de reforma a la a la FLEXIBILIDAD.
El quinto eje corresponde a la política no pueden continuar asumiendo Ley 30 de 1992, entre 2024 y 2026, se
de financiación sostenible, que permita ingreso de estudiantes de programas invertirá $6.8 billones de pesos: Considero, que esta es una invitación a
el desarrollo de los tres pilares de la implementados, tanto por el gobierno Es importante considerar, que los que examinemos puntualmente estos
educación: docencia, investigación y local como nacional. Por otro lado, los recursos que se dispondrían para la proyectos de reforma y no los dejemos
reforma resultan insuficientes para
extensión, en la cual, se tengan más programas de educación abierta y alcanzar la meta de cobertura del 62 pasar, pues a todos nos involucra, de
% y más aún no lograrían entonces
estudiantes, mayor infraestructura, a distancia llegarán a su fin, con la garantizar el derecho fundamental a la menor o mayor medida.
crecimiento de la planta docente derogación del Artículo 15 de la Ley 30. educación a través de las instituciones
superior
estatales
educación
de
especializada, potenciar y diversificar la (ASCUN, 2023). Referencias
investigación y sus publicaciones, ampliar Con la revocación del Artículo 27, ¿ya Posterior a este análisis, las conclusiones
la cobertura y el vínculo con la sociedad. no se tendrán en cuenta los Exámenes son las siguientes: Asociación Colombiana de Universidades – ASCUN.
De manera puntual, se determina de Estado? ¿Ya no será un requisito? 2023. Alcances de la reforma integral de la ley
consentir un notable presupuesto de la También es alarmante las nuevas Se coincide en el planteamiento del 30 de 1992. Análisis de la exposición de motivos
Nación para estas instituciones. funciones que tendrá el(la) Ministro(a) gobierno Nacional en que el mejor camino de la propuesta de reforma a la Ley 30 de 1992
presentada por el Ministerio de Educación Nacio-
de Educación Nacional, en el sentido de para generar desarrollo en Colombia es la nal el 19 de julio de 2023.
La autonomía de las Instituciones de cancelar, autónomamente, personerías educación, por tal razón, el financiamiento
Educación Superior jugará un papel jurídicas a Universidades privadas, de la Educación Superior no se debe dar Congreso de Colombia. 1992 (28 de diciembre). Ley
importante en el cumplimiento de las aprobar el funcionamiento de nuevas solo en las IES públicas, sino que se debe 30 de 1992. Por la cual se organiza el servicio pú-
funciones misionales, catalogándolas Instituciones de Educación Superior, promover el verdadero funcionamiento blico de la educación superior. Disponible desde
como “corporaciones democráticas y consentir programas de posgrados – del sistema. Internet en: https://www.funcionpublica.gov.co/
que las blinde de indebidas interferencias maestrías y doctorados-, establecer la eva/gestornormativo/norma.php?i=253
de los sistemas políticos, económicos viabilidad financiara de las nuevas IES y, Ahora bien, el único punto de discusión
e ideológicos”. Este es el sexto eje todo ello, sin el concepto o recomendación no puede ser la financiación, pues la Ministerio de Educación Nacional – MinEducación.
s/f. Primera versión del proyecto de reforma
propuesto en el proyecto de Ley. por parte del CESU, ya que el jefe de posibilidad de re-pensar la Educación a la Ley 30 de 1992. Disponible desde Inter-
esta cartera asumiría estas funciones; Superior en el país va mucho más allá, que net en: https://www.mineducacion.gov.co/
En coherencia con el fundamento además, recalca que el proyecto propone el aumento de un porcentaje que permita portal/micrositios-superior/Reforma-a-la-
anterior, el documento plantea, como cambiar, las funciones y la composición desarrollar actividades o equilibrar ley-30/Reescribamos-la-historia/416059:Pri-
séptima coordenada, la gobernanza, como del Cesu. desfases financieros de tiempo atrás. mera-version-del-proyecto-de-refor-
garantía para el cumplimiento legítimo ma-a-la-Ley-30-de-1992
de sus funciones misionales, con la Se parte de la realidad, que la mayoría Las tendencias del mundo del trabajo
participación y la representación de todos de las Universidades en el país, se actual son inminentes; el futuro que Ministerio de Educación Nacional – MEN. (s/f). Bor-
rador Proyecto de Ley. “Por medio de la cual se
sus estamentos, en los diversos niveles financian de los dineros que provienen parecía lejano está a la vuelta de la esquina regula el Derecho Fundamenta a la Educación
de Dirección; gobiernos institucionales de las matrículas de los estudiantes, y el tiempo está corriendo rápidamente, y se dictan otras disposiciones. https://www.
democráticos, que faciliten espacios de lo que implica, que deben ajustar por lo tanto, la restructuración del modelo mineducacion.gov.co/1780/articles-416077_re-
decisión colectiva, fomento del principio sus presupuestos, para cumplir con actual de educación demanda de una curso_1.pdf